Estudio Jurídico
SIEMPRE A TU SERVICIO

Derecho corporativo
Asesoramiento legal para tu empresa.
Revisión y redacción de contratos.
Negociaciones dentro y fuera de la provincia.

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Defensa del Consumidor
_ Cuando usted adquiere algún algún producto en un local comercial y esta tiene algún defecto de fabricación, la empresa que se lo vendió tiene la obligación de reparar el producto y en caso de que no fuera satisfactoria la reparación, podes solicitar la sustitución de la cosa adquirida, devolver la cosa en estado que este y recibir monto equivalente a la suma pagada o bien obtener una quita proporcional del precio.
ADMINISTRACIÓN DE PROPIEDADES
Cobro de alquileres y expensas.
Redacción de contratos.
Administración de propiedad horizontal.
Redacción de reglamentos de propiedad horizontal.
Trabajo en negro
Existen en nuestro país dos leyes que se ocupan del trabajo en negro o clandestino, que son la Ley Nacional de Empleo, 24.013, y la Ley 25.323. Ambas disposiciones crean un sistema indemnizatorio para los trabajadores que logren acreditar en un proceso legal (juicio) el haber prestado tareas en esta situación. Para poder reclamar en base a estas disposiciones, es necesario el envío de telegramas efectuando una serie de denuncias y aclaraciones. Nuestro estudio puede asesorarlo y llevar adelante este reclamo. Estas indemnizaciones por trabajo en negro o clandestino, se suman a aquellas ordinarias que le corresponden a cualquier trabajador que haya sido despedido, y que en algunos casos pueden triplicar las sumas adeudadas.
Accidente de trabajo
Si sufriste un accidente de trabajo, la ley laboral establece un resarcimiento frente a los accidentes ocurridos durante el trabajo, como así también en aquellos ocurridos durante el viaje al trabajo, llamados in itinere.
Despidos
Si fuiste despedido de tu trabajo, tenes derecho a una indemnizacion por antiguedad que la ley establece en virtud de tu relación laboral. Es importante que antes de enviar un telegrama de renunciar a tu empleo consultes a un abogado. Si recibiste un telegrama de despido por parte de tu empleador también es fundamental que no lo respondas, antes consultalo con un abogado especialista en derecho laboral y recibir un consejo profesional.

INTERCAMBIO TELEGRÁFICO LABORAL
El Art. 57 Ley de Contrato de trabajo: "constituirá presunción en contra del empleador su silencio ante la intimación hecha por el trabajador de modo fehaciente, relativa al cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de trabajo.
RECLAMO ANTE EL MINISTERIO DE TRABAJO
Ante la falta de respuesta o acuerdo en cuanto al reclamo realizado vía telegrama, se solicita la intervención del Ministerio de Trabajo para llegar a una audiencia conciliatoria.
JUICIO LABORAL
En caso de no haber llegado a un acuerdo en la audiencia conciliatoria ante el Ministerio de Trabajo, se pasa al reclamo judicial ante los Tribunales.
Derecho de Familia
Divorcios-Compensación económica- Alimentos- Homologación de acuerdos- Régimen de comunicación- Tenencia- Tutela- Curatela.